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Registro de jornada: ¿quiénes deben checar entrada y salida?

NoticiaFuente: El Economista,

Para cualquier negocio5 min de lectura

Portada: Registro de jornada: ¿quién checa? Mostrador de tienda desde arriba con reloj, libreta abierta, pluma y checador de pantalla en

Tienes tres personas en el mostrador, un gerente y tú. Alguien te pregunta esta semana quién va a checar entrada y salida cuando entre en vigor el registro electrónico de la jornada, y la respuesta honesta es que la ley todavía no lo detalla.

El Economista publicó el 20 de octubre de 2026 un análisis sobre esa duda. El artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo ya obliga al patrón a llevar un registro electrónico con el horario de inicio y término de cada persona trabajadora, pero no especifica quiénes están obligados a checar. Los lineamientos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social siguen pendientes.

Qué pasó

  • La obligación es del patrón, no del empleado. El artículo 132, fracción XXXIV, de la LFT pide llevar el registro electrónico de la jornada de cada persona trabajadora, con horario de inicio y término.
  • La ley no aclara quiénes checan. Los expertos consultados coinciden en que el marco legal da un mandato general, pero la aplicación depende de lo que disponga la STPS, y esos lineamientos aún no salen.
  • Para los abogados, abarca a todos los que están en nómina. Fernando Martínez Flores, del despacho Jauregui del Valle, dice que aplica sin importar el tipo de contratación ni el nivel jerárquico, del director general al puesto operativo.
  • Quienes cobran por honorarios no checarían. Al no haber relación de trabajo subordinada, no estarían sujetos al registro. También se especula con puestos que autogestionan su horario, como comisionistas que viajan, pero eso depende de los lineamientos.
  • Los contratos independientes que encubren subordinación son riesgo. Si la persona cumple horario fijo y recibe órdenes directas, la autoridad la considerará empleada y exigirá el registro.

Qué significa para tu negocio

Si tienes personal en nómina, la lectura de los expertos es que todos checan: el gerente, el de ventas, quien está en teletrabajo y quien atiende el mostrador. No importa si es de planta o de confianza.

Si trabajas con alguien por honorarios o con un contrato de prestación de servicios, ese caso queda fuera del registro según los especialistas, siempre que de verdad no haya subordinación. La nota no detalla cómo se comprueba ni qué documentos pide la autoridad.

Vale la pena revisar los casos frontera. Imagina que tienes un comisionista que viaja y organiza su propio horario: la nota menciona que ese tipo de puesto podría quedar exceptuado, pero lo deja como suposición hasta que salgan los lineamientos.

El otro punto es qué registrar. Los abogados recomiendan anotar también la comida y los descansos, porque si no se registra la comida la autoridad puede considerarla parte de la jornada y asumir horas extra. También mencionan faltas, permisos, licencias y las pausas de la Ley Silla.

Antes de cambiar cualquier cosa, conviene plantearle a tu asesor tres preguntas concretas: cómo están clasificados tus colaboradores, si algún contrato de honorarios podría leerse como subordinado y qué debe incluir tu registro además de la entrada y la salida.

La nota no dice cuándo entran en vigor los lineamientos ni qué trámite sigue. Tampoco aclara si habrá un formato oficial.

Qué hacer esta semana

  • Revisa cómo está contratada cada persona que trabaja contigo. Separa nómina de honorarios y anota quién tiene horario fijo y recibe órdenes directas.
  • Pregunta a tu asesor por los contratos de honorarios. Sirve para detectar si alguno podría leerse como subordinación y anticipar el problema.
  • Anota qué registras hoy de entradas y salidas. Si es una libreta o una hoja de cálculo, ya sabes qué tan lejos estás de un registro electrónico.
  • Incluye la comida y los descansos en lo que registres. Los expertos lo recomiendan para no dejar espacio a que se asuman horas extra.
  • No cambies obligaciones ni contratos solo por esta nota. Los lineamientos de la STPS siguen pendientes y la ley no aclara todos los casos.

Ideas para aprovecharlo en tu negocio

Mientras la parte legal se aclara, hay algo que sí puedes ordenar: cómo se enteran tus clientes de tus horarios y cómo piden su cita. Una página con tu información y tu agenda te ayuda a que ese orden también se vea hacia afuera.

  • Si tienes una barbería, publica en tu página tus horarios de atención y los de cada barbero, y deja que el cliente solicite su cita desde ahí. Tú confirmas cada una y al cliente le llega la confirmación por correo, así no depende de un chat que se pierde entre mensajes.
  • Si tienes un taller mecánico, pon en tu página los servicios con precio y un formulario de contacto para que el cliente describa la falla. Te llega un correo por cada interesado y puedes darle seguimiento desde tu lista de contactos, sin que la recepción tenga que repetir la misma pregunta.
  • Si das consultas o clases, crea una página con tu agenda para que el cliente consulte horarios y solicite su cita sin conversar antes. Con el recordatorio por correo del día anterior, cuando está habilitado, reduces las citas que se pierden por olvido.

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